22.8.08

La duda razonable



En América los jueces no preguntan si la culpa del acusado está sujeta a alguna duda sino únicamente si está sujeta a alguna duda razonable.

Se está procesando a un hombre acusado de asesinato. Hay pruebas convincentes de su culpabilidad a pesar de no haber sido encontrado el cadáver de la víctima. En su declaración final el abogado defensor recorre a un truco.

- Señoras y señores del jurado. Tengo una sorpresa para todos ustedes. Antes de un minuto la persona presuntamente muerta entrará en esta sala.
El abogado mira hacia la puerta de la sala. Los componentes del jurado, atónitos, miran nerviosos en aquella dirección. Pasado un minuto no ocurre nada. Finalmente el abogado dice:

- La verdad es que esto de que el muerto iba a entrar por la puerta me lo he inventado. Pero todos ustedes se han girado expectantes hacia la puerta. Por tanto me parece que podemos constatar que hay una duda razonable en este presunto caso de asesinato e insisto en que emitan un veredicto de no culpabilidad.
El jurado se retira para deliberar. Al cabo de un rato vuelve y declara la culpabilidad del acusado.

- Pero cómo pueden hacer esto, brama el abogado defensor. Al menos deben haber tenido alguna duda. He visto como todos ustedes se quedaban mirando hacia la puerta.

El presidente del jurado contesta:
- Si, nosotros, si, pero su cliente no.

Espero que los trozos escogidos de mi lectura veraniega que he publicado en mis últimos blogs os hayan hecho pasar un buen rato como a mi.